¿Qué es el patrimonio de vivienda familiar en Colombia?
Octubre 6 de 2025🔹 ¿Qué es el patrimonio de vivienda familiar en Colombia?
El patrimonio de vivienda familiar (también conocido como patrimonio de familia o afectación a vivienda familiar) es una figura jurídica mediante la cual un inmueble se destina exclusivamente a servir de vivienda a la familia, quedando protegido frente a embargos o ventas sin consentimiento de ambos cónyuges o compañeros permanentes.
Esta figura se constituye mediante escritura pública e inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Su finalidad es proteger el hogar familiar, de modo que no pueda perderse fácilmente por deudas o decisiones unilaterales.
🔹 ¿Cuándo se puede levantar o cancelar el patrimonio familiar?
“Levantar” o “cancelar” el patrimonio familiar significa eliminar esa protección jurídica.
Esto se hace cuando:
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Se desea vender o hipotecar el inmueble.
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Ya no existen las condiciones que justificaban su constitución (por ejemplo, los hijos alcanzaron la mayoría de edad).
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Los cónyuges o compañeros permanentes deciden hacerlo de común acuerdo.
El proceso varía dependiendo de si hay hijos menores de edad o no.
🔹 Paso a paso para levantar el patrimonio de vivienda familiar
🟢 A. Caso SIN hijos menores de edad
Este es el procedimiento más sencillo.
1. Reunir documentos
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Copia de la escritura pública mediante la cual se constituyó el patrimonio.
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Certificado de tradición y libertad del inmueble (reciente).
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Avalúo catastral.
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Copias de las cédulas de ciudadanía de los propietarios.
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Carta o solicitud formal dirigida al notario pidiendo la cancelación.
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Si el inmueble tiene hipoteca, autorización del acreedor hipotecario.
2. Solicitud ante notaría
Los propietarios presentan la solicitud ante una notaría (preferiblemente donde se hizo la escritura original o en la misma ciudad del inmueble).
3. Elaboración de la escritura de levantamiento
El notario revisa los documentos y, si todo está en orden, autoriza la escritura pública de cancelación del patrimonio familiar.
4. Inscripción en la Oficina de Registro
La escritura de cancelación se lleva a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para inscribirla. Solo desde ese momento el inmueble queda libre del gravamen.
5. Costos y tiempos
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El trámite suele tardar entre unos días y dos semanas.
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Los costos corresponden a los derechos notariales y de registro, generalmente bajos.
🟣 B. Caso CON hijos menores de edad
Cuando hay hijos menores de edad beneficiarios del patrimonio familiar, se requiere autorización judicial, ya que el juez debe asegurar que los derechos de los menores no se vean afectados.
1. Reunir documentos
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Copias del registro civil de nacimiento de los hijos menores.
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Identificaciones de los padres o titulares.
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Escritura pública de constitución del patrimonio.
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Certificado de tradición y libertad del inmueble (actualizado).
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Avalúo catastral.
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Documento que garantice la protección de la vivienda de los menores (por ejemplo, escritura o promesa de compraventa de otro inmueble).
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Autorización del acreedor hipotecario si aplica.
2. Solicitud ante un juez de familia
El trámite se presenta ante el juez de familia mediante un proceso de jurisdicción voluntaria.
Se solicita expresamente la cancelación del patrimonio familiar y la designación de un curador ad hoc que represente los intereses de los menores.
El Defensor de Familia debe ser notificado y emitir concepto sobre si el levantamiento afecta o no los derechos de los hijos.
3. Decisión judicial
El juez evalúa las pruebas y, si encuentra que no se vulnera el derecho a la vivienda de los menores, autoriza el levantamiento del patrimonio mediante una sentencia o auto judicial.
4. Escritura pública
Con la autorización del juez, los padres comparecen ante notaría para firmar la escritura pública de cancelación.
5. Registro
La escritura se inscribe en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Desde ese momento, el inmueble deja de estar afectado como patrimonio familiar.
6. Costos y tiempos
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Este trámite es más largo (puede tardar varios meses).
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Involucra gastos de abogado, costos notariales, tasas judiciales y registro.
